DÍAS INHÁBILES A EFECTOS DE CÓMPUTO DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS AÑO 2017 DE EXTREMADURA


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Se ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura, el Decreto 198/2016, de 14 de diciembre, por el quese fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2017 en la CA de Extremadura.

Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de los sábados y domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que figuran en el Decreto 131/2016, de 2 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2017 (DOE núm. 150, de 4 de agosto) y que a continuación se relacionan:

  • 6 de enero, Epifanía del Señor.

  • 20 de marzo, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día 19 de marzo, festividad de San José.

  • 13 de abril, Jueves Santo.

  • 14 de abril, Viernes Santo.

  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo

  • 15 de agosto, Asunción de la Virgen.

  • 8 de septiembre, Día de Extremadura.

  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.

  • 1 de noviembre, Todos los Santos.

  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.

  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Además, serán inhábiles en cada Entidad Local de la CA de Extremadura los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 131/2016, de 2 de agosto, figuran en las relaciones publicadas por Resolución de 23 de noviembre de 2016, de la D. General de Trabajo, (DOE . 231, de 1 de diciembre), o modificaciones que se produzcan.

El presente Decreto se publicará en el DOE y BOP de Badajoz y Cáceres y están expuestos en los tablones de anuncios de los órganos y dependencias de las Administraciones autonómica y local.

El Decreto entrá en vigor al día siguiente de su publicación en el DOE.

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